Cómo rellenarlo
Cada factura lleva un número correlativo (por ejemplo, 2026-001, 2026-002…), sin saltos.
Nombre o razón social, NIF y dirección tuyos y del cliente. Son obligatorios.
Lo normal es el 21 %; algunas actividades van al 10 % o al 4 %, y otras están exentas. Si dudas, consúltalo con tu gestoría.
Si eres profesional y facturas a una empresa o a otro autónomo, retén el 15 % de IRPF (el 7 % el año de alta y los dos siguientes). A particulares no se les aplica retención.
Casos frecuentes
Factura sin IVA (actividad exenta)
Algunas actividades están exentas de IVA, como ciertas formaciones o servicios sanitarios. En ese caso pon el IVA al 0 % y añade la frase «Operación exenta de IVA según el artículo 20 de la Ley 37/1992» con el apartado que corresponda. Confírmalo con tu gestoría.
Factura a un cliente de otro país de la UE
Si el cliente es una empresa, normalmente no se cobra IVA español: se indica «inversión del sujeto pasivo» y su NIF-IVA, y los dos tenéis que estar dados de alta en el registro de operaciones intracomunitarias (ROI). No lleva retención de IRPF.
Factura a un particular
Lleva IVA, pero no retención de IRPF. En la plantilla, pon la retención al 0 %.
Errores frecuentes
- Saltarse números o repetirlos.
- Olvidar el NIF del cliente.
- Aplicar retención a un particular.
- No guardar las facturas: hay que conservarlas al menos 4 años.
Qué dice la ley
Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012), art. 6: datos obligatorios de las facturas. Es un modelo orientativo: tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice la ley.