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Conciliación 2026

Reducción de jornada
¿Cuánto cobrarás al mes?

Tu nuevo sueldo neto si reduces la jornada por cuidado de hijos o familiares, con el IRPF recalculado.

Respuesta rápidaPara cuidar de un hijo menor de 12 años puedes reducir entre un octavo y la mitad de tu jornada, con la misma reducción en el sueldo (art. 37.6 del Estatuto de los Trabajadores).

Revisado el 2 de noviembre de 2026 · Tania de Azevedo · Cómo calculamos

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Entre 12,5 (un octavo) y 50 (la mitad)
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Aviso: Cálculo orientativo basado en normativa vigente. No sustituye el asesoramiento profesional.

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Qué es la reducción de jornada por guarda legal

El artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores te permite reducir tu jornada entre un octavo y la mitad para cuidar de un hijo menor de 12 años, de una persona con discapacidad, de tu cónyuge o pareja de hecho, o de un familiar hasta segundo grado (también los de tu pareja de hecho) que no pueda valerse por sí mismo. A cambio, el salario baja en la misma proporción.

  • Eliges tú el horario dentro de tu jornada ordinaria, salvo que el convenio fije otros criterios.
  • Tienes que avisar a la empresa con 15 días de antelación o el plazo que diga el convenio.
  • Es un derecho individual: los dos progenitores pueden pedirlo a la vez.

Por qué pierdes menos neto que bruto

Aunque el bruto baje un 25%, el neto baja menos, porque el IRPF es progresivo: al cobrar menos, tu porcentaje de retención también baja.

Ejemplo: Marta reduce un 25%

30.000€ brutos al año en 14 pagas, un hijo y los dos progenitores trabajan.

Antes: 30.000€ brutos → 1.668€ netos al mes (retención del 15,66%)
Después: 22.500€ brutos → 1.314€ netos al mes (retención del 11,76%)

Reduce su sueldo bruto un 25%, pero el neto solo un 21%: 354€ menos al mes

Lo que no pierdes

  • Pensión y prestaciones: los tres primeros años de reducción por cuidado de un menor cotizan como si trabajaras a jornada completa para la jubilación, la incapacidad, la baja médica y el permiso por nacimiento (art. 237.3 de la Ley General de la Seguridad Social).
  • Paro: si te quedas sin trabajo, la prestación se calcula sobre la base a jornada completa.
  • Despido: mientras disfrutas la reducción, el despido es nulo salvo que la empresa demuestre una causa ajena, y la indemnización se calcula sobre el salario completo.

Si tu hijo tiene cáncer u otra enfermedad grave, existe una reducción de al menos la mitad de la jornada compensada por una prestación de la Seguridad Social. Lo explicamos en la guía de la jornada y en la del permiso por nacimiento.

Preguntas frecuentes

Entre un octavo (12,5%) y la mitad (50%) de tu jornada diaria. Algunos convenios permiten acumularla en jornadas completas.
Hasta que cumpla 12 años. Para cuidar de un familiar o de una persona con discapacidad no hay límite de edad.
Durante los tres primeros años de reducción por cuidado de un menor, se cotiza a efectos de prestaciones como si trabajaras a jornada completa.
No: la concreción del horario dentro de tu jornada ordinaria te corresponde a ti, salvo lo que diga el convenio. Si hay desacuerdo, se resuelve en el juzgado por un procedimiento urgente.