¿Qué es el despido improcedente?
El despido improcedente se produce cuando un empresario finaliza la relación laboral sin causa justificada o sin seguir el procedimiento legal. Según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, cuando un juez declara el despido improcedente, el empresario debe elegir entre readmitir al trabajador o abonar una indemnización.
Fuente: Real Decreto Legislativo 2/2015 - Estatuto de los Trabajadores, arts. 55-56.
¿Cómo se calcula la indemnización?
Contratos desde el 12/02/2012
- 33 días de salario por año trabajado
- Períodos inferiores a un año se prorratean por meses
- Tope máximo: 720 días de salario (24 mensualidades)
Contratos anteriores al 12/02/2012
- Hasta 11/02/2012: 45 días/año
- Desde 12/02/2012: 33 días/año
- Tope: 720 días de salario entre los dos tramos. Si solo con el tramo anterior a 2012 ya superas los 720 días, cobras ese importe (máximo 42 mensualidades) y el tramo posterior no suma
Ejemplo: María
María trabajó 6 años con salario bruto anual de 30.000€. Contrato desde 2019.
Total: 16.274€ (exenta de IRPF)
¿Qué salario se usa?
El salario regulador incluye: salario base, pagas extra prorrateadas, complementos fijos (antigüedad, plus convenio). No incluye: dietas, kilometraje, gastos.
Fiscalidad
La indemnización está exenta de IRPF hasta 180.000€ o la cuantía legal (33 días/año). El exceso tributa como rendimiento del trabajo. Para que la exención valga, la improcedencia tiene que reconocerse en el acto de conciliación (SMAC o equivalente) o en una sentencia: si la empresa te paga sin pasar por conciliación, Hacienda puede hacerte tributar.
Plazos para reclamar
Tienes 20 días hábiles desde el despido para presentar papeleta de conciliación ante el SMAC. Si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social.
| Tipo despido | Indemnización | Paro |
|---|---|---|
| Improcedente | 33 días/año (máx 24m) | Sí |
| Objetivo | 20 días/año (máx 12m) | Sí |
| Disciplinario procedente | Sin indemnización | Sí |