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Nómina 2026

Calculadora Pagas Extra
¿Cuánto te corresponde?

Calcula tus pagas de verano y navidad proporcionales. Devengo: enero-junio y julio-diciembre.

Respuesta rápidaTienes dos pagas extra al año como mínimo, una en Navidad. Con 30.000 € brutos en 14 pagas, cada una es de 2.143 € brutos. Si las cobras prorrateadas, van en tus 12 nóminas.

Revisado el 15 de octubre de 2026 · Tania de Azevedo · Cómo calculamos

Datos de tus pagas
El «salario base» de tu nómina, sin pluses
Más opciones (si no las tocas, usamos lo habitual)
Lo habitual: la de verano por enero–junio y la de Navidad por julio–diciembre. Lo dice tu convenio

Recuerda: Las pagas extra se devengan día a día. Si te vas antes de cobrarlas, te corresponde la parte proporcional en el finiquito.

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Pagas extra acumuladas

0 €

Paga verano (devengada)0 €
Paga navidad (devengada)0 €
Total devengado0 €
Desglose mensual
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El caso de Sergio: Cálculo de pagas en abril

Sergio, comercial en Sevilla

Empezó el 1 de septiembre · Salario base: 2.000€/mes · 14 pagas

Sergio quiere saber cuánto lleva acumulado de pagas extra a día 15 de abril. Entró a trabajar el 1 de septiembre del año anterior, así que ha trabajado más de un año. Su convenio tiene devengo semestral.

Cálculo paso a paso:

1
Devengo mensual:

2.000€ ÷ 6 meses = 333,33€/mes

2
Paga verano (ene-jun):

3,5 meses devengados × 333,33€ = 1.166,67€

3
Paga navidad (jul-dic):

Ya cobrada en diciembre = 0€ pendiente

Paga verano devengada1.166,67 €
Paga navidad (cobrada)0 €
Total acumulado1.166,67 €
Consejo de Sergio: "Si te despiden antes de junio, tienes derecho a la parte proporcional de la paga de verano en el finiquito. Cada mes trabajado = 1/6 de la paga (16,67%)."

Lo que dice la ley y lo que dice tu convenio

El artículo 31 del Estatuto garantiza dos pagas extra al año, una en Navidad y otra en el mes que fije el convenio. Todo lo demás lo decide el convenio: la cuantía (salario base, o salario base más antigüedad y otros complementos), el devengo (semestral o anual), las fechas de pago y si se pueden prorratear en 12 meses. Algunos convenios añaden una tercera paga, como la de beneficios o la de marzo.

Pagas extra, Seguridad Social e IRPF

  • Seguridad Social: se cotiza por las pagas cada mes, en proporción, aunque las cobres en junio y diciembre. Por eso a la paga extra no se le resta Seguridad Social.
  • IRPF: la retención se aplica con el mismo porcentaje que el resto de tu nómina.
  • 12 o 14 pagas: el neto anual es el mismo; solo cambia el reparto.

Pagas extra en situaciones especiales

  • Contrato a tiempo parcial: las pagas son proporcionales a tu jornada.
  • Cambio de empresa: la antigua te liquida en el finiquito la parte generada, y la nueva empieza a generar la siguiente desde tu alta.
  • Baja médica y permiso por nacimiento: en esos periodos cobras la prestación de la Seguridad Social, que ya incluye la parte de las pagas. Que la empresa te pague además la parte de la paga depende del convenio.
  • Si la empresa no paga una paga extra: es salario debido. Tienes un año para reclamarla, con un 10% de interés de demora.

Preguntas frecuentes sobre Pagas Extra

Normalmente equivale a un mes de salario base (lo fija tu convenio) y se genera de enero a junio. Si no has trabajado esos 6 meses, cobras la parte proporcional: con 3 meses trabajados, la mitad.

Depende de cada convenio colectivo, pero lo más habitual es:

  • Paga de verano: Entre el 15 y 30 de junio
  • Paga de navidad: Entre el 15 y 24 de diciembre

Algunos convenios permiten que la empresa pague antes de esas fechas o las prorratee mensualmente (12 pagas).

Son dos formas de calcular qué parte de la paga te corresponde:

  • Semestral (lo habitual): Cada paga se devenga en 6 meses. Verano = enero-junio; Navidad = julio-diciembre.
  • Anual: Cada paga se devenga durante todo el año (12 meses). Cada mes trabajado = 1/12 de cada paga.

El semestral es más favorable si te vas a mitad de año (te llevas más paga proporcional).

Depende de tu convenio colectivo:

  • La mayoría incluyen solo salario base + antigüedad
  • Algunos incluyen complementos fijos (plus convenio, plus transporte...)
  • Generalmente NO incluyen complementos variables (comisiones, horas extra, nocturnidad...)

Revisa tu nómina: la casilla "Base paga extra" te indica qué cantidad se usa.

El salario anual es el mismo, solo cambia cómo lo recibes:

  • 14 pagas: Cobras menos cada mes pero tienes "extras" en junio y diciembre
  • 12 pagas: Cobras más cada mes (las pagas van prorrateadas)

Ventaja de 14: Si te despiden o vas al paro, la paga proporcional incrementa tu finiquito. Ventaja de 12: Más dinero disponible mes a mes.

Base legal:

Art. 31 del Estatuto de los Trabajadores: "El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año".