- Cada progenitor tiene 19 semanas de permiso (32 en familias monoparentales).
- Cobras el 100 % de tu base reguladora, lo paga el INSS y no tributa en el IRPF.
- Al volver, 1 hora diaria de lactancia hasta los 9 meses, que se puede acumular en días.
- El despido es nulo desde el embarazo hasta 12 meses después del nacimiento, salvo causa ajena.
Los pasos, en orden
No estás obligada a comunicar el embarazo, y la protección frente al despido existe aunque la empresa no lo sepa. Pero decirlo por escrito te permite pedir que adapten tu puesto si tiene riesgos y deja constancia de la fecha.
Tienes permiso retribuido para los exámenes prenatales y la preparación al parto si son en horario de trabajo. Si tu puesto supone un riesgo y no pueden cambiarlo, existe la prestación por riesgo durante el embarazo, al 100 %.
Cada progenitor tiene 19 semanas (art. 48.4 del Estatuto de los Trabajadores): 6 obligatorias justo después del parto, 11 flexibles hasta que el bebé cumple 12 meses (avisando a la empresa con 15 días de antelación) y 2 más hasta los 8 años. En familias monoparentales son 32 semanas. No se pueden ceder al otro progenitor.
Durante el permiso no cobras sueldo, sino una prestación del 100 % de tu base reguladora (art. 179 de la Ley General de la Seguridad Social) que paga directamente el INSS, por internet o en una oficina. No paga IRPF. Necesitas haber cotizado 180 días en los últimos 7 años (menos si tienes menos de 26 años).
Inscribe el nacimiento en el Registro Civil (en muchos hospitales se tramita desde allí) y comunica a la empresa el nacimiento para que lo tenga en cuenta en la nómina: los hijos bajan la retención de IRPF.
Hasta que el bebé cumple 9 meses, cada progenitor tiene una hora diaria retribuida (art. 37.4 del Estatuto de los Trabajadores), que puede cambiar por media hora menos de jornada o acumular en días completos.
Puedes reducir la jornada hasta que tu hijo cumpla 12 años (con la parte proporcional de sueldo) o pedir una excedencia de hasta 3 años. Y el despido es nulo durante el embarazo, el permiso y hasta 12 meses después del nacimiento, salvo causa real ajena a la maternidad o paternidad.
Cómo se reparten las 19 semanas
| Tramo | Semanas | Cuándo |
|---|---|---|
| Obligatorias | 6 semanas | Seguidas, justo después del parto |
| Flexibles | 11 semanas | Por semanas, hasta los 12 meses del bebé |
| Cuidado del menor | 2 semanas | Por semanas, hasta los 8 años |
La madre biológica puede adelantar hasta 4 semanas antes de la fecha prevista de parto. Hay semanas extra por parto múltiple, discapacidad o bebés prematuros u hospitalizados.
Pon cifras a tu caso
Si vas a reducir la jornada, mira cuánto cobrarías con la calculadora de reducción de jornada. Todo el detalle (requisitos por edad, riesgo durante el embarazo, excedencia y autónomos) está en la guía del permiso por nacimiento y en la guía de permisos.
Ten en cuenta
- Tu convenio colectivo puede mejorar estos permisos o complementar la prestación.
- Esta guía es orientativa. Para tu caso concreto, consulta con el INSS, un graduado social o tu sindicato.