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Paso a paso

Qué hacer si te quedas en paro
los pasos y los plazos, en orden

Si tienes derecho, dónde apuntarte, el plazo para pedirlo, cuánto y cuánto tiempo cobrarás y qué tienes que cumplir, según la Ley General de la Seguridad Social.

Revisado el 23 de octubre de 2026 · Tania de Azevedo · Cómo calculamos

En 30 segundos
  • Necesitas 360 días cotizados en los últimos 6 años y no haberte ido de forma voluntaria.
  • Pídelo en los 15 días hábiles siguientes: si tardas, pierdes días de paro.
  • Cobras el 70 % de tu base los 6 primeros meses y el 60 % después, con un máximo de 1.225 € sin hijos.
  • Dura de 4 a 24 meses, según lo cotizado.
Calcula cuánto paro te correspondeCon tus datos, en un minuto. Gratis y sin registro.Calcular

Los pasos, en orden

1
Comprueba que tienes derecho

Necesitas estar en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERE…) y haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. Si te has ido tú de forma voluntaria, en general no hay paro, salvo casos como un traslado o una modificación de condiciones que te perjudica.

2
Apúntate y pide el paro en 15 días hábiles

Inscríbete como demandante de empleo en el servicio de empleo de tu comunidad y pide la prestación al SEPE en los 15 días hábiles siguientes a quedarte sin trabajo. Al pedirla firmas el acuerdo de actividad (el compromiso de buscar empleo) (art. 268 de la Ley General de la Seguridad Social). Si tenías vacaciones sin disfrutar, el plazo empieza cuando acaban.

3
Si lo pides tarde, pierdes días

Lo cobras igualmente, pero desde el día en que lo pides: pierdes un día de paro por cada día de retraso. Por eso conviene no esperar al último momento.

4
Calcula cuánto vas a cobrar

Los 6 primeros meses cobras el 70 % de tu base reguladora (la media de lo cotizado en los últimos 180 días) y después el 60 %, con un mínimo y un máximo según tus hijos. Hazlo con la calculadora del paro.

5
Mira cuánto tiempo lo cobrarás

Depende de lo cotizado en los últimos 6 años: 4 meses con 360 días y hasta 24 meses con 2.160 días o más. Lo tienes en la tabla del paro 2026; si vienes de un contrato temporal, mira paro tras un contrato temporal.

6
Cumple tus obligaciones mientras cobras

Mantén la inscripción como demandante de empleo durante todo el paro (si no, se suspende el pago), acude a las citas del servicio de empleo y comunica cualquier cambio, como empezar a trabajar.

7
Cuando se acabe, mira el subsidio

Si agotas el paro, o no llegas a los 360 días cotizados, puedes tener derecho a un subsidio por desempleo si cumples sus requisitos. Infórmate en el SEPE antes de que termine.

Mínimo y máximo del paro en 2026

SituaciónMínimo al mesMáximo al mes
Sin hijos560 €1.225 €
Con 1 hijo749 €1.400 €
Con 2 o más hijos749 €1.575 €

Cuantías brutas a jornada completa, calculadas sobre el IPREM de 600 € más una sexta parte. Del paro se descuenta tu cotización a la Seguridad Social y, si corresponde, el IRPF.

Pon cifras a tu caso

Calcula lo que cobrarás con la calculadora del paro. Si vienes de un despido, mira también la guía qué hacer si te despiden. Todo el detalle (fijos discontinuos, baja médica durante el paro, IRPF) está en la guía del paro.

Ten en cuenta

  • El plazo de 15 días hábiles cuenta desde el día siguiente a quedarte sin trabajo, o desde el final de las vacaciones no disfrutadas.
  • Esta guía es orientativa. Para tu caso, consulta con el SEPE, un graduado social o tu sindicato.

Preguntas frecuentes

Inscribirte como demandante de empleo y pedir la prestación al SEPE en los 15 días hábiles siguientes, firmando el acuerdo de actividad. Después, mantener la inscripción y acudir a las citas mientras cobras.

15 días hábiles desde que te quedas sin trabajo (o desde que acaban tus vacaciones no disfrutadas). Si lo pides después, lo cobras desde la fecha de la solicitud y pierdes un día por cada día de retraso (artículo 268 de la Ley General de la Seguridad Social).

Al menos 360 días en los últimos 6 años. Con 360 días cobras 4 meses, y el máximo son 24 meses con 2.160 días o más.

En general no: la baja voluntaria no da derecho a paro. Hay excepciones, como un traslado o una modificación sustancial de condiciones que te perjudica, o ser víctima de violencia de género.

Fuente:

Ley General de la Seguridad Social (arts. 262 a 273, en especial el 268), versión consolidada del BOE, y cuantías del SEPE para 2026.